Un padre deberá pagar una cuota alimentaria equivalente a cinco salarios mínimos y, además, asumir el 50 % de los gastos extraordinarios que demande la crianza de sus seis hijos. Así lo resolvió la Cámara de Apelaciones de Bariloche, que modificó parcialmente un fallo de primera instancia y amplió el alcance de la obligación alimentaria.

