En el marco de una audiencia realizada hoy en el legajo penal que investiga los delitos de defraudación al Estado en la construcción de planes de vivienda del denominado programa Techo Digno, se analizó el pedido de la defensa del empresario de la construcción imputado, que ofreció una reparación económica en el marco de una suspensión del juicio a prueba. Luego de un cuarto intermedio el mismo fue admitido por el Juez de Juicio interviniente.
En la Tercera Circunscripción la causa avanza en dos legajos diferentes. En una de ellas ya se encuentra fijada la fecha del juicio (28 al 31 de octubre de 2025), contra el ex intendente Gustavo Genusso por dos hechos que constituyen el delito de peculado.
El otro legajo, iniciado contra la ex intendenta María Eugenia Martini, Alfredo Milano - ex funcionario de su gestión-, y el empresario que solicitó este instituto en el día de la fecha, se encuentra en instancia de control de acusación. En este, se rechazó primero el sobreseimiento por atipicidad y comenzó luego el control de acusación; en el marco del cual ya se describieron los hechos imputados ante el Juez de Juicio interviniente. La próxima audiencia fijada para avanzar en la enumeración de la prueba a producir en juicio contra los funcionarios, se desarrollará el 11 de febrero próximo.
Ante el avance del legajo penal y la cercanía de la instancia de debate oral y público, la defensa del propietario de Oriente Construcciones ofreció una suspensión de juicio a prueba que fue acordada con la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, en tanto parte perjudicada en este proceso penal.
Este instrumento que puede ser solicitado por el acusado, está previsto en el Código Penal para delitos cuya condena implique una pena de prisión menor a los tres años, es decir, que sea excarcelable.
Esta salida, que el ordenamiento legal nacional prohíbe a los funcionarios públicos que estén acusados de cometer delitos en el ejercicio de su función, procede en este caso dado que el imputado que la solicita lo está en su calidad de empresario de la construcción.
El defensor explicó en este sentido que requirió la probation, “en función del estado de la causa” recordando que “atravesó diversas vicisitudes procesales, entre ellas cuestiones de competencia, atipicidad y el sobreseimiento de uno de los imputados, debido a problemas de salud”. Agregó que hasta la fecha, no se ha procedido a la apertura del juicio oral.
En función de la propuesta de reparación del daño destacó además que “el Artículo 76 bis del Código Penal, establece la necesidad de ofrecer una reparación razonable a la víctima, por lo cual su defendido se compromete a la construcción de una obra de 92 metros cuadrados en un terreno designado por la Municipalidad”. Esta obra, destinada al barrio 400 Viviendas, podrá ser utilizada según lo disponga la Municipalidad, aunque se aclara que el diseño corresponde a modelos previamente desarrollados por el empresario, utilizados como salas de primeros auxilios en otras provincias.
De esta forma la defensa, ofreció a la parte perjudicada en esta causa, el municipio de Bariloche, la reparación integral del daño.
Describió luego las características de la obra, brindando a las partes detalles específicos de la misma y respondiendo además a la consulta sobre la ecuación utilizada para calcular el monto de inversión. Se trata pues del primero de los imputados que comenzará a devolver al erario público el dinero que éste había perdido en el marco de las maniobras.
Este acuerdo al que arribaron defensa y la parte damnificada deja a la Fiscalía en condiciones de aceptar el entendimiento y continuar el legajo penal con los restantes imputados, todos ex funcionarios públicos.
El Intendente municipal, presente en la audiencia celebrada hoy, manifestó su conformidad con los términos planteados destacando la importancia de la reparación razonable del perjuicio causado a la comunidad. "La obra, destinada al barrio 400 Viviendas, beneficiará directamente a trabajadores y vecinos del sector que requieren infraestructura básica, como espacios de atención médica o social, que en la actualidad no están disponibles".
El Fiscal Jefe, en tanto, enfatizó en que “el Ministerio Público Fiscal tiene la convicción de contar con pruebas suficientes y vasta para llevar a juicio esta causa”. Agregó que "en esa dirección es que hemos venido recorriendo este largo camino de lucha contra la corrupción en el marco de la obra pública provincial. Pero estamos frente a un derecho del imputado reconocido por la ley penal y por la ley procesal en el marco de un que ahora pretende ejercer y esta situación no puede ser desoída por el Ministerio Público Fiscal".
Se destacó además que más allá de esta resolución del legajo en el fuero penal, continuará habilitada la instancia civil para que el municipio como parte damnificada pueda accionar en ese aspecto de creerlo necesario.
Finalmente el acuerdo fue homologado por el Magistrado que presidió esta audiencia e impuso además las siguientes pautas de conducta: fijar domicilio y mantener informado el mismo, presentarse mensualmente al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados de la Ciudad donde reside, presentación de informes mensuales de avances de construcción lo que deberá ser realizado no solo ante la municipalidad sino también al Ministerio Público Fiscal, todo por el término de un año. Plazo en el que se compromete a la realización y finalización de la obra.
Cabe destacar que otro de los empresarios de la construcción que en un principio había sido imputado en Bariloche fue desvinculado penalmente por entender que su cuadro de salud es irreversible y le impide afrontar un futuro juicio. Tal determinación se tomó el 13 de agosto pasado.