Durante la audiencia de cesura realizada ayer, el Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de un año y seis meses de prisión para dos hombres y una mujer. Los tres integrantes de la Lof Quemquemtrew fueron declarados previamente penalmente responsables por un hecho de usurpación ocurrido el 18 de septiembre de 2021.
Según la acusación el hecho se produjo en los lotes 103 y 104 de las leguas A, B y C del paraje denominado "Cuesta del Ternero", en el que "se despojó de la posesión pacífica que la víctima, Rolando Rocco detentaba desde el año 1981”, cuando los imputados, “invadiendo el predio” le impidieron “concretar las actividades forestales y ganaderas que realizaba hasta ese momento”.
“En este marco además se cortaron especies arbóreas, manteniéndose el grupo de personas dentro del predio, instalando pancartas que decían 'Lof Quemquemtrew', 'Rafa vive en la resistencia' y una bandera Mapuche”.
La Fiscalía solicitó la condena de un año y seis meses de prisión a todas las partes y el inmediato desalojo del predio, tal como se resolvió en el caso Buenuleo. La modalidad de cumplimiento para uno de los acusados que posee antecedentes penales, será de ejecución efectiva
La fiscal jefe aclaró al comienzo de su alegato que se ha "intentado desde el 19 de septiembre del 2021, solucionar este conflicto por otras vías. He ido a la comunidad, hemos hablado con la otra parte, con la querella. O sea, generamos de manera reiterada todas las circunstancias para disminuir este conflicto".
Agregó luego que se analizó "la gravedad del hecho y la continuidad del mismo". "Se trata de un delito de tipo instantáneo, continuado también, que hoy todavía no ha cesado, un hecho que todavía sigue en vigencia. Y esto lo torna grave desde el punto de vista del análisis para poder después verificar o mensurar la pena", expresó la funcionaria.
"También tenemos dos infractores que son primarios, que no tienen antecedentes penales". En relación al tercer imputado que posee antecedentes penales con una condena firme del mes de julio de este año (en el marco del expediente del Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche por atentado contra la autoridad) la fiscal consideró éste un elemento determinante para analizar la imposibilidad de solicitar una pena de ejecución condicional.
Requirió finalmente que se produzca "el desalojo inmediato para evitar justamente la prolongación y la continuación del daño ocasionado económicamente y que siga propiciándose la impunidad sobre estos casos".
El abogado por la querella solicitó tres años de prisión. Pidió el inmediato cumplimiento del desalojo, para hacer cesar el delito.
En tanto que la defensa particular requirió pidió en primer lugar que sus defendidos sean absueltos porque se considera que hay otras normas que no se están aplicando en este proceso. No obstante, en caso de ser condenados, que lo sea por la pena mínima de seis meses valorando las conductas, la personalidad y todo lo expuesto en el marco de esta audiencia. Por último que se desestime el pedido de desalojo realizado por la Fiscalía y la querella con inmediatez, porque ellos basan su pedido en que había una orden de desalojo anterior, con el doble conforme.
En este acto procesal brindaron declaración unos seis testigos propuestos por la fiscalía, querella y la defensa de los acusados. Pudo escucharse en esta audiencia a la víctima, a su pareja, su hijo y a vecinos de la zona de Cuesta del Ternero. Hicieron lo propio, las tres personas declaradas responsables.
La sentencia resultante de este juicio se conocerá en el plazo legal.