Una agente municipal de planta permanente de Bariloche, con más de 15 años de antigüedad, fue sancionada con una suspensión de diez días tras ser acusada de maltratar a empleados y superiores en una dependencia del Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social (IMTVHS).
Tras la sanción, la trabajadora fue desplazada de su cargo jerárquico y dejó de percibir adicionales salariales vinculados a esa función. La mujer inició una demanda para anular la medida administrativa, pero la cámara Laboral que intervino en el proceso rechazó su reclamo y convalidó las actuaciones del Poder Ejecutivo municipal.
El episodio que desató el conflicto ocurrió el 25 de abril de 2023. Ese día, la empleada discutió con personal a su cargo, gritó a una compañera y generó un clima laboral tenso, según los testimonios de colegas incorporados en el sumario administrativo. Una de las agentes declaró que la superior no insultaba, pero golpeaba la mesa, alzaba la voz y trataba a otros con gestos despectivos. Otro testigo, que se retiró ese mismo día por sentirse mal, dijo que no lo había insultado pero que el tono habitual era hostil.
La administración municipal, tras un proceso disciplinario interno, resolvió sancionarla por “irrespetuosidad para con sus superiores, otros empleados y público”, prevista en el estatuto municipal. Además, el directorio del IMTVHS dejó sin efecto su designación al frente del Departamento de Ingreso y Recaudación. En consecuencia, la agente dejó de percibir los adicionales por esa función.
La empleada recurrió al fuero Laboral. Alegó que el sumario fue arbitrario, que no se identificaron los hechos con precisión y que el traslado fue una segunda sanción encubierta. También reclamó la restitución a su cargo jerárquico y el pago de los suplementos salariales.
El tribunal confirmó que el proceso disciplinario respetó el derecho de defensa y que los testimonios resultaron consistentes con la decisión administrativa. Indicó que la función jerárquica que ocupaba la agente carecía de estabilidad, ya que no había accedido a ella mediante concurso, por lo que la Municipalidad estaba habilitada a reorganizar sus funciones. Tampoco consideró que el desplazamiento de la jefatura y la suspensión configuraran una doble sanción.
El fallo sostuvo que el traslado se encuadró en las facultades discrecionales del IMTVHS y que no se verificó arbitrariedad en las decisiones adoptadas. Además descartó el reclamo salarial, dado que los adicionales por función jerárquica dejan de pagarse al cesar la designación.