El Capítulo Argentina del Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y la doctrina Franciscana (COPAJU) expresó su firme rechazo a la represión y la vulneración de derechos sufridas por jubiladas y jubilados, a la vez que dio su respaldo a la jueza Karina Giselle Andrade “frente al ataque injustificado que está recibiendo”, luego de que la titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 15 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) dispusiera la liberación de las personas detenidas el miércoles 12 de marzo por las fuerzas de seguridad en las inmediaciones del Congreso de la Nación.
EL CAPÍTULO ARGENTINA DE COPAJU CONDENA LA REPRESIÓN Y LA VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE JUBILADAS Y DE JUBILADOS
El Sistema Previsional constituye uno de los subsistemas de la Seguridad Social, destinado a cubrir las contingencias de la vejez, invalidez y muerte. Sin dudas es un Derecho Social destinado a garantizar condiciones de vida a las personas mediante la percepción de prestaciones económicas para que los beneficiarios puedan vivir dignamente.
En la actualidad, en esta realidad económica, es innegable que este derecho social, esencialmente basado en la sustitución de ingresos, resulta ineficaz e insuficiente para garantizar un estándar mínimo de la vida digna. Ser jubilada o jubilado en Argentina, para las mayorías de las personas que cobran prestaciones insuficientes, implica optar entre comer o medicarse. Es un verdadero maltrato institucional.
En la creación de COPAJU (4 de junio de 2019), el Papa Francisco nos dijo: “La “injusticia social naturalizada” ―o sea como algo natural― y, por tanto, invisibilizada que sólo recordamos o reconocemos cuando “algunos hacen ruido en las calles” y son rápidamente catalogados como peligrosos o molestos, termina por silenciar una historia de postergaciones y olvidos. Permítanme decirlo, esto es uno de los grandes obstáculos que encuentra el pacto social y que debilita el sistema democrático. Un sistema políticoeconómico, para su sano desarrollo, necesita garantizar que la democracia no sea sólo nominal, sino que pueda verse plasmada en acciones concretas que velen por la dignidad de todos sus habitantes bajo la lógica del bien común, en un llamado a la solidaridad y una opción preferencial por los pobres (cf. Papa Francisco, Carta Encíclica Laudato Si, 158). Esto exige los esfuerzos de las máximas autoridades, y por cierto del poder judicial, para reducir la distancia entre el reconocimiento jurídico y la práctica del mismo. No hay democracia con hambre, ni desarrollo con pobreza, ni justicia en la inequidad”.
En su discurso en Timor Oriental, 11 de setiembre de 2024, el Papa Francisco sostuvo que una sociedad que tiene tantos ancianos, que son la memoria, debe respetarlos y cuidarlos. Unos días después, Su Santidad, en oportunidad de pronunciarse con motivo de los diez años del primer encuentro con los Movimientos Populares, criticó expresamente la represión a los jubilados en Argentina señalando “En vez de pagar justicia social, pagó el gas pimienta”.
Ayer, 12 de marzo de 2025, vimos como esta represión no solamente impidió una manifestación de protesta social, sino que generó una violencia institucional desproporcionada.
Al respecto, con claridad palmaria, la señora Jueza Karina Giselle Andrade -a quien apoyamos frente al ataque injustificado que está recibiendo-, dispuso con apego a la Constitución Nacional, la soltura de las personas detenidas, señalando que en el caso se encontraban en juego derechos constitucionales fundamentales como son el derecho a la protesta, a manifestarse en democracia, a peticionar ante las autoridades, a la libertad de expresión, entre otros.
Para fundar su decisión, la señora Jueza expuso las irregularidades del procedimiento llevado adelante por las fuerzas de seguridad, señalando que “... a medida que se informaban las detenciones de las personas, la información vinculada a ello se volvía más imprecisa y dificultosa para mi tarea judicial. Se dejaron de brindar detalles sobre la hora y lugar en el que ocurrió la detención, como así tampoco se lograba informar con relación a qué delito específico se estaba convalidando la detención. Tampoco se indicaba el lugar en donde serían alojados. En algunos casos el delito se informaba después”; para agregar más adelante “…es preciso remarcar que el déficit en la información suministrada y, en consecuencia, del control judicial, de ningún modo lo advierto atribuible a una acción deliberada por parte del Ministerio Público Fiscal, sino a las características del procedimiento llevado a cabo por las fuerzas de seguridad”.
Ningún acto de violencia injustificado por parte de quienes reclaman puede generar violencia represiva desproporcionada por parte del Poder Ejecutivo Nacional, ese mismo Poder estatal que vulnera el derecho a la seguridad social de jubiladas y de jubilados, quienes no puede vivir con dignidad.
Por lo expuesto, rechazamos con firmeza el uso represivo de las fuerzas de seguridad de manera desproporcionada, a las cuales además se las expone de manera innecesaria, como también la insuficiencia de los haberes previsionales que impiden a la mayoría de jubiladas y de jubilados vivir dignamente.
Capítulo Argentina del Comité Panamericano de Juezas y Jueces por los Derechos Sociales y Doctrina Franciscana.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 13 de marzo de 2025. A los doce años del Pontificado de Francisco, por quien seguimos rezando.