Concejal solicita suspensión de pago millonario para redes sociales del intendente de Bariloche

Concejal solicita suspensión de pago millonario para redes sociales del intendente de Bariloche

El Concejal Leandro Costa Brutten ha presentado una solicitud ante el Tribunal de Contralor para suspender el pago de 50 millones de pesos destinado a la gestión de redes sociales del intendente de Bariloche, Walter Cortés. El concejal consideró que esta iniciativa en plena emergencia económica del municipio, sea vista como inapropiada e irresponsable. 

El concejal de Incluyendo Bariloche también señala que este gasto innecesario se superpone con las funciones del recientemente creado área de “Comunicación y Gobierno Abierto”, que ya cuenta con un presupuesto de 430 millones de pesos. En una nota pública, Costa Brutten exige una gestión más austera y eficiente, conforme a la ordenanza de publicidad institucional 2636-CM-15, y que los recursos se destinen principalmente a acciones y respuestas sociales para los más necesitados. 

En la siguiente nota el Concejal Leandro Costa Brutten refleja sus inquietudes y argumentos presentados en su solicitud para suspender el gasto en redes sociales del intendente Walter Cortés, contextualizando la situación económica y social de Bariloche.

50 millones para tener un intendente tiktoker en Bariloche (por Leandro Costa Brutten - Concejal Incluyendo Bariloche)

Con una presentación realizada por el Concejal Leandro Costa Brutten ante el Tribunal de Contralor se exige la inmediata suspensión del pago de 50 millones de pesos prevista para la gestión de redes sociales del intendente de Bariloche Walter Cortés.

La nota cumplimentada por el Concejal se opone al procedimiento de licitación privada que pretende llevar adelante el Intendente Cortes en plena emergencia económica del municipio.

Los fundamentos exponen que el intendente Cortés irresponsablemente genera un pago millonario mientras el estado municipal no registra a la fecha, a pesar de la emergencia climática, entrega alguna o asistencia en alimentos y leña desde los centros de atención primaria municipales para las familias más necesitadas.

Sin embargo, y a pesar de las necesidades existentes en los barrios barilochenses, incluyendo anuncios meteorológicos de nuevas inclemencias próximas, la grave situación de transitabilidad de calles y cortes de servicios agua corriente o suministro eléctrico o falta de gas, sumado a la cercanía de un volcán en emergencia amarilla y los desfavorables registros que nuestro destino turístico presenta en relación con la llegada o arribos de turistas, nos encontramos con la sorprendente prioridad del intendente de Bariloche Walter Cortés, quien pretende gastar fondos municipales para desarrollar una campaña de imagen que incluye la inserción de su persona en redes sociales.

La impugnación del concejal de Incluyendo Bariloche expone que este innecesario y superfluo gasto implicará una increíble superposición con las funciones que ha determinado el mismo intendente con la reciente creación de un área denominada “Comunicación y gobierno abierto”, en el reciente organigrama municipal, el que detenta un presupuesto de 430 millones de pesos.

El concejal de Bariloche expuso que estas decisiones disparatadas y la preocupación del intendente Walter Cortes de pagar con fondos públicos el asesoramiento de gestión de redes sociales. Facebook, Instagram, Youtube, TikTok generará una negativa y segura oposición a otorgar nuevos plazos para la oportuna prórroga de la emergencia económica.

Finalmente, Costa Brutten ha exigido que el intendente de Bariloche lleve adelante una gestión municipal austera respetando la ordenanza de publicidad institucional 2636-CM-15 existente, optimizando los escasos recursos y orientando los gastos principalmente a acciones y respuestas sociales para los que menos tienen y más necesitan en esta difícil y complicada situación extraordinaria existente.

Datos de referencia de licitación privada convocada https://www.bariloche.gov.ar/images_noticias/10704_exp-041-24-servicio-de-produccion-audiovisual.pdf

Texto de presentación cumplimentada 

SE PRESENTA ANTE TRIBUNAL DE CONTRALOR DE SAN CARLOS DE BARILOCHE. FORMULA IMPUGNACIÓN DE LICITACION PRIVADA Nº 004/24 EXPEDIENTE Nº 041/24. HACE RESERVA DE REALIZAR PRESENTACIÓN JUDICIAL Leandro COSTA BRUTTEN, argentino, Documento Nacional de Identidad xxxx quien suscribe, en su carácter de ciudadano y CONCEJAL MUNICIPAL de San Carlos de Bariloche constituyendo domicilio especial y legal a todos los efectos en mi público despacho sito en primer piso de Concejo Deliberante de San Carlos de Bariloche con email xxx teléfono xxx se presenta formalmente ante los integrantes del Tribunal de Contralor de San Carlos de Bariloche y dice:

1. LEGITIMIDAD

Detento la legitimidad como concejal de Bariloche de reclamar por los vecinos y habitantes de la ciudad, que gozan de todos los derechos enumerados en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y la Constitución de la Provincia de Río Negro como asimismo la carta orgánica municipal y ordenanzas que regulan nuestra ciudad. 

RESOLUCIÓN 462-CM-15 CAPÍTULO X: DE LAS SOLICITUDES DE INFORME E INTERPELACIONES AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Art. 128º) Todo Concejal podrá solicitar informes o aclaraciones sobre gestiones, trámites o tareas en los que tenga participación el Municipio, según lo establecido en la Ordenanza 1356-CM-04. Asimismo deberá tenerse presente el principio rector de “libertad de información”, que establece específicamente que “toda persona, física o jurídica, tiene el derecho de libre acceso a las fuentes de información de los actos legislativos, administrativos y jurisdiccionales emanados del Municipio, sin que sea necesario indicar las razones que motivan el requerimiento”.

2. OBJETO:

Que vengo por la presente a interponer ante el Tribunal de Contralor de San Carlos de Bariloche formal impugnación a LICITACIÓN PRIVADA Nº 004/24 que se cumplimenta en EXPEDIENTE Nº 041/24 de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche que tiene por objeto formal llamado a Licitación Privada para adquirir Servicio de Comunicación y Producción Audiovisual para Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto. Dicha acción que el ejecutivo ha determinado con un presupuesto oficial de Cincuenta millones cuatrocientos doce mil pesos ($50.412.000,00) que pretende ser erogada con partida presupuestaria 1.03.01.04.0040.018.2.

La presente impugnación se basa en el accionar del Intendente Walter Cortés de San Carlos de Bariloche quien con su personalismo y voluntad de utilizar los fondos públicos para sostener su actuación personal (gestión Walter Cortés) pretende duplicar los montos oportunamente determinados en el presupuesto para comunicación, privatizando la comunicación de su persona generando una superposición con la estructura ya existente y designada en el Estado Municipal contradiciendo en su accionar palmariamente lo expresamente determinado por ORDENANZA N° 2636-CM-15 de regulación de uso pauta publicitaria oficial.

Los antecedentes de dicha ordenanza, exponen como condición que la publicidad oficial debe ser sin duda un instrumento que brinde información acerca de la gestión y administración municipal dirigida a los ciudadanos, asegurando que por ello, es sustancial establecer mecanismos de asignación para los fondos correspondientes al gasto orientado a este tipo de recurso transparentando los mecanismos asignados en la distribución de la pauta oficial, que se entiende como la publicidad oficial, en este caso la publicación en medios de difusión radial, gráficos, televisivos y de páginas webs de las propagandas correspondientes a la publicidad de actos de gobierno, de publicidad institucional, publicidad de bienes y servicios originados por el Estado municipal y sus entes autárquicos.

Esta determinación corresponde ser respetada como reglamentación e la publicidad originada y producida por los tres Departamentos del Estado Municipal, exigiendo que la difusión de la publicidad oficial deberá basarse en el respeto por la veracidad, la transparencia y el libre acceso a la información pública.

Resulta sumamente grave la manipulación que el Intendente realiza con respecto a las publicaciones de prensa donde se exponen temas relacionados al accionar de su persona o gestión municipal. 

Estamos ante la restricción al acceso libre y equitativo de las oportunidades para resguardar la libertad de expresión, por lo que no podemos permitir que la publicidad oficial personalice el desempeño de Walter Cortés como pretenden implementar en la licitación impugnada, sino que debemos propender a exponer la gestión, producción y labor de dicha autoridad y demás autoridades, funcionarios y administraciones.

En estas épocas de emergencia económica administrativa es esencial fomentar la austeridad y optimizar los escasos fondos existentes en la administración pública y priorizar el gasto público en las necesidades existentes determinando una mínima publicidad de los actos de gobierno.

A la fecha debería conformarse la comisión asesora permanente expresamente determinado por ORDENANZA N° 2636-CM-15, integrada por representantes de medios, asociaciones y gremios vinculados a la actividad que se reglamenta con el objeto de formular en forma permanente propuestas vinculadas a la presente ordenanza, con el único afán de generar alternativas que en forma sistemática colaboren con el objetivo principal cuál es la transparencia y equidad en la distribución de la pauta pública para tener una modalidad transparente y equitativa del principal canal de comunicación entre el vecino y las autoridades.

Concretamente, el intendente actual en un exceso de personalismo y movido aparentemente por su voluntad de transformarse en influencer, tiktoker o personaje de moda promueve con fondos públicos de una municipalidad en emergencia la convocatoria a Licitación privada Nº 004/24 para la contratación procurando obtener la:

a) elaboración y ejecución de la estrategia general de comunicación de la Gestión Walter Cortés;

b) Consultoría y asesoramiento de imagen y comunicación.

c) Publicidad en vía pública;

d) Asesoramiento de gestión de redes sociales. Facebook, Instagram, Youtube, Tik Tok;

e) Creación y producción de contenidos audiovisuales de la gestión Walter Cortés;

f) Clipping y análisis de medios;

g) Gestión de crisis en medios digitales;

h) Diseño y comunicación visual. Afiches, flyers, banners, cartelería en vía pública y otros que requiera la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto;

i) Elaboración de manuales de identidad Municipio de Bariloche 2024. “”1983-2023. 40 años de democracia ininterrumpida “Municipalidad de San Carlos de Bariloche Provincia de Río Negro”;

k) Elaboración de plantillas de diseño para las diferentes áreas municipales que lo requieran;

l) Desarrollo y creación de campañas publicitarias de acuerdo a las necesidades de comunicación del Municipio de Bariloche;

m) Campaña de verano, campaña de educación vial, seguridad en la montaña, pirotecnia, protección ambiental, seguridad ciudadana y otras que sean requeridas. No incluye costos de producción.

ñ) Prevención y control de crisis de la comunicación para funcionarios y jefes de áreas.

o) Desarrollo, coordinación y/o colaboración para fiestas realizadas por el Municipio de Bariloche. 

Ese accionar del intendente Cortés se superpone a las funciones que ha determinado con la reciente creación de un área denominada “Comunicación y gobierno abierto”, en el reciente organigrama remitido y aprobado otorgándole un presupuesto para personal por la suma de DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENT0S CATORCE ($ 297.288.814) y para recursos propios por PESOS CIENTO TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS ($ 131.235.466).

Estamos ante la privatización y pago con fondos públicos por el intendente actual en un exceso de personalismo y movido aparentemente por su voluntad de transformarse en influencer, tiktoker o personaje de moda, con la agravante de tratarse de una municipalidad que se encuentra en emergencia.

Asimismo, el actual intendente Cortés y su gestión se niegan a cumplir los pagos adeudados alegando no existir obligación de continuidad de la gestión del intendente anterior Gennuso, todo lo que será judicializado perjudicando al erario municipal. 

En mi opinión nos encontramos ante una burda maniobra personalista que se lleva adelante con la entrega de fondos determinados y adjudicados específicamente por la ampliación del presupuesto general para el año en curso superponiendo gestiones de funcionarios ya designados y duplicando intencionalmente costos.

La ORDENANZA N° 2636-CM-15 que REGULA el USO de la PAUTA PUBLICITARIA OFICIAL en su Artículo 3° establece que: “La adjudicación de la publicidad oficial debe basarse en el principio de difusión de información de carácter de interés general, de razonabilidad, transparencia, veracidad, accesibilidad, igualdad y diversidad social y cultural; asegurando el acceso plural a los diferentes medios de comunicación. Siempre en el marco del libre acceso a la información pública y la austeridad de la administración de la inversión pública y publicidad de los actos de gobierno.”

Asimismo la ordenanza N° 2636-CM-15 requiere en su Artículo 5° que: “Los medios de comunicación interesados en contratar con el Estado Municipal deberán encontrarse habilitados para sus funciones por las normativas específicas que las regulen”.

Expresamente, la ordenanza N° 2636-CM-15 en su Art. 7°) establece: “La asignación de la pauta oficial se fundará en los siguientes criterios, los cuales se enuncian sin tener un orden de prevalencia, a saber: a) Medios o programas de exclusiva realización y producción local. b) Programas con un proyecto cultural, social y turístico, vinculados con la ciudad. c) Programas y medios de mayor audiencia o tiraje. d) Medios, programas o producciones independientes que posean un mínimo de un (1) año de publicación o salida al aire ininterrumpida del producto que postula. e) Vinculación de la temática a comunicar con destinatarios específicos.”

Expresamente la ordenanza N° 2636-CM-15 determina en su Art. 11°) “Las dependencias de la administración, reparticiones y autoridades judiciales no podrán disponer publicaciones de ninguna índole, condicionadas a un régimen de tarifas, en diarios, revistas, periódicos y órganos de difusión que utilicen personal comprendido en el Estatuto del Periodista Profesional que no hayan cumplido previamente las disposiciones de la Ley 12908, la de jubilaciones y pensiones de periodistas y toda la legislación social que ampara los derechos del periodista profesional”. (Artículo incorporado por art. 1° Ordenanza 2645-CM-15)

El Departamento Ejecutivo se encuentra incumpliendo sistemáticamente la totalidad de los preceptos determinados, razón por la cual procede a presente impugnación.

2.- PETITORIO

 a) Se tenga por presentada ante el Tribunal de Contralor de San Carlos de Bariloche acción a fin de que se determine la impugnación de LICITACIÓN PRIVADA Nº 004/24 que se cumplimenta en EXPEDIENTE Nº 041/24 de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche y se suspenda el pago de Cincuenta millones cuatrocientos doce mil pesos.- ($50.412.000,00) que pretende ser erogada con partida presupuestaria 1.03.01.04.0040.018.2., ante la palmaria y flagrante contradicción a la ORDENANZA N° 2636-CM-15 que REGULA el USO de la PAUTA PUBLICITARIA OFICIAL. 

b) Como Concejal me opongo a la privatización y pago con fondos públicos que intenta llevar adelante el intendente actual en un exceso de personalismo y movido aparentemente por su voluntad de transformarse en influencer, tiktoker o personaje de moda, con la agravante de tratarse de una municipalidad que se encuentra en emergencia.

c) se tenga presente la reserva de ampliar la presente hasta agotar la vía administrativa y formular denuncia penal.

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