El Tribunal Oral Federal 1 de La Plata condenó este martes a cadena perpetua a diez de los 12 imputados en el juicio oral y público de la causa de lesa humanidad conocida como “Brigadas”, en el cual se investigaron crímenes en perjuicio de 605 víctimas que pasaron por los centros clandestinos de detención de “el Pozo de Banfield”, “el Pozo de Quilmes” “Infierno de Avellaneda y la Brigada de San Justo, y en el cual también se analizaron casos de violencia diferencial cometidas contra personas trans.
Los condenados a cadena perpetua por el Tribunal que integran los jueces Ricardo Basílico, Esteban Rodríguez Eggers y Walter Venditti fueron Federico Antonio Minicucci, jefe del Regimiento de Infantería Mecanizada 3 de La Tablada; Guillermo Domínguez Matheu, jefe de Actividades Psicológicas del Destacamento de Inteligencia 101 de La Plata; Jorge Héctor Di Pasquale, jefe de la sección de Operaciones Especiales del Destacamento de Inteligencia 101 de La Plata y Carlos María Romero Pavón, jefe de Reunión Interior del Destacamento 101 de La Plata.
También recibieron la pena máxima Roberto Balmaceda, jefe de Contrainteligencia del Cuerpo de Actividades Especiales del Destacamento 101 de La Plata; Jaime Lamont Smart, el ministro de Gobierno de la provincia durante los primeros años de la dictadura; Juan Miguel Wolk, jefe de la División Delitos contra la Propiedad y de la División Delitos contra las Personas; Jorge Antonio Bergés, médico de la policía bonaerense que actuó en los partos y en el robo de los bebés nacidos en cautiverio; el excomisario Horacio Luis Castillo; y el exagente de inteligencia del Ejército Carlos Gustavo Fontana.
En tanto, el exjefe de la sección Comando del Destacamento 101 de La Plata, Alberto Julio Candioti, recibió 25 años de prisión, y el exjefe de la policía bonaerense Enrique Augusto Barre –quien hasta diciembre del año pasado fue defendido por el actual ministro de Justicia, Mariano Cuneo Libarona–, resultó absuelto.
El veredicto
La lectura del veredicto comenzó pasadas las 13, y la mayoría de los imputados siguió la lectura del veredicto por vía remota desde sus casas, ya que se encuentran bajo arresto domiciliario. El único de los acusados que se encuentra en prisión es Di Pacuale.
El tribunal configuró que los delitos juzgados son de lesa humanidad, y el veredicto fue leído por el juez Basílico, el único magistrado que estuvo presente en la sala de audiencias.
Abuelas de Plaza de Mayo y otros organismos de derechos humanos y familiares de las víctimas se congregaron en las 13 a las puertas de los tribunales federales platenses, en calle 8, entre 50 y 51 de la ciudad de La Plata, para seguir la sentencia desde una pantalla gigante.
⚖️ Justicia. El TOF N1 de La Plata leyó su veredicto en el juicio por los crímenes cometidos en los pozos de Quilmes, Banfield y Brigada de Lanús. Los impurados fueron condenados por delitos de lesa humanidad. pic.twitter.com/QnHWUClIZJ
— Abuelas de Plaza de Mayo (@abuelasdifusion) March 26, 2024
El juicio
Abuelas de Plaza de Mayo, querellante en esta causa, había acusado a los imputados por privación ilegal de la libertad y tormentos de 23 embarazadas y una madre secuestrada junto a su hijo, y por la sustracción, retención y ocultamiento de diez nietos y nietas, siete de los cuales ya recuperaron sus identidades.
En tanto, la fiscalía pidió la imposición de prisión perpetua para todos los imputados así como medidas de reparación para las víctimas y sus familiares, durante las diez jornadas de exposición de su alegato desarrolladas desde el pasado 12 de diciembre.
Los integrantes de la Unidad Fiscal Federal de La Plata, que interviene en los procesos por crímenes de lesa humanidad, Gonzalo Miranda y Ana Oberlin, desarrollaron las pruebas vinculadas con los 605 casos de víctimas y la responsabilidad de los acusados en los crímenes cometidos en los denominados “pozos” de Banfield y Quilmes, la Brigada de Investigaciones de San Justo y en “El Infierno”.
“Los acusados han contribuido y dominado los hechos objeto de este juicio, en una dinámica que los muestra, indudablemente, como parte de una organización criminal destinada a desaparecer y aniquilar personas”, indicó la fiscalía en el final de su alegato.
Y agregó: “Una organización criminal que se había apropiado del Estado y que operaba de manera coordinada, verticalizada, con distribución de tareas en función de las jerarquías y lugares, activándose procesos reglados que dan la idea de un aparato en funcionamiento donde cada pieza es parte de un sistema superior que controla todo“.
Violencia diferencial a personas trans
Asimismo, la fiscalía remarcó el carácter de víctimas de las personas trans que fueron llevadas al Pozo de Banfield cuyos casos, analizados en este juicio, dieron cuenta de que “todas fueron sometidas a la maquinaria del terrorismo de Estado al igual que las otras personas victimizadas” y sus derechos avasallados por “toda clase de vejaciones”, señalaron Oberlin y Miranda.
“Debemos nuevamente resaltar que estas mujeres formaron parte de las personas consideradas enemigas, justamente porque no se ajustaban al modelo sexo-genérico que el terrorismo de Estado buscó garantizar y eso implicó que adicionalmente sufrieran no sólo las violencias generales de las personas que estaban en el Pozo de Banfield, sino también violencias diferenciales, en razón justamente de sus identidades de género”, añadieron.
Los representantes del Ministerio Público Fiscal instaron a los gobiernos provincial y nacional y a distintos organismos a que materialicen medidas de reparación para las víctimas, como reincorporaciones laborales, ascensos y beneficios jubilatorios.
También solicitaron que se dé amplia publicidad a la sentencia en portales y sitios de difusión pública de la región y que se remita copia de la misma al Instituto de Políticas Públicas en Derechos Humanos del Mercosur, teniendo en cuenta que en el debate se produjo prueba vinculada con la organización ilícita transnacional integrada por las dictaduras del Cono Sur, conocida como Operación Cóndor. (SOMOSTELAM)