Condenan a un hotel por desconocer certificados médicos y no pagar el salario a una empleada

Condenan a un hotel por desconocer certificados médicos y no pagar el salario a una empleada

Una sentencia laboral de Bariloche expuso el accionar de una empresa hotelera que desconoció certificados médicos por padecimientos psiquiátricos, a pesar de no contar con personal especializado en salud mental para su evaluación. La trabajadora había presentado documentación firmada por un psiquiatra que acreditaba una crisis de salud mental. La respuesta empresarial fue suspender el pago de salarios y exigir el regreso inmediato a sus funciones.

El fallo recayó sobre Almasur S.A., titular del Hotel Alma del Lago, y estableció una indemnización a favor de una empleada que prestaba servicios como gobernanta desde el año 2010. La relación laboral terminó por decisión de la propia trabajadora, tras recibir el alta médica forzada y enfrentar el rechazo constante de sus certificados. El tribunal consideró que la empresa incurrió en incumplimientos graves, entre ellos la retención total del salario durante tres meses y la negativa reiterada a reconocer la licencia por enfermedad.

Según consta en la causa, la mujer comenzó a atravesar una crisis de salud mental y su psiquiatra extendió sucesivos reposos médicos. La empresa derivó el caso a la firma de control médico MEDET, que rechazó los informes del profesional sin fundamentos técnicos y fijó el alta inmediata en cada ocasión. Los médicos que intervinieron no contaban con especialidad en psiquiatría.

La Cámara Laboral que intervino en el proceso acreditó que durante marzo, abril y mayo de 2023 la empresa no abonó el salario. La trabajadora formuló reiteradas intimaciones acompañando nueva documentación médica, pero la empleadora sostuvo su posición inicial: consideró injustificadas las ausencias sin emitir contrainformes ni ofrecer medidas alternativas. El 18 de mayo, la trabajadora puso fin al vínculo mediante un telegrama donde denunció incumplimientos contractuales, destrato institucional y retención salarial.

Una Cámara del Trabajo de Bariloche dio por acreditado que la empleada actuó de buena fe y cumplió con sus obligaciones, mientras que la empresa omitió sus deberes legales. En la sentencia se valoró que MEDET no contaba con psiquiatras y que su intervención carecía de respaldo técnico. También se observó que la negativa a pagar salarios en contexto de licencia por salud mental generó una situación de vulnerabilidad que la empresa no procuró revertir.

Almasur S.A. deberá abonar indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones, aguinaldo y salarios impagos, con actualización e intereses. Además, fue intimada a regularizar la situación registral, emitir certificados laborales y depositar los aportes adeudados bajo apercibimiento de multa diaria.

El Tribunal rechazó los planteos por daño moral, trato discriminatorio y agravamientos legales, al considerar que no se probó una conducta guiada por motivos prohibidos ni se verificaron los requisitos exigidos por las normas sancionatorias.

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