Autorizan a un joven a eliminar el apellido y segundo nombre que lo unían a su progenitor

Autorizan a un joven a eliminar el apellido y segundo nombre que lo unían a su progenitor

Tenía 7 años cuando sus padres se separaron y 15 cuando decidió cortar definitivamente el vínculo con su progenitor. Alegó maltrato, abandono y un episodio que lo marcó para siempre: su padre biológico no pagó la cuota del colegio y perdió la vacante. Por eso solicitó suprimir el apellido paterno y eliminar su segundo nombre, elegido por el hombre. Una jueza de Familia de Bariloche resolvió que su pedido tenía fundamentos y lo autorizó.

Desde ahora, su nombre legal será el que eligió: solo con el apellido materno y sin el segundo nombre. La decisión se tomó luego de una audiencia personal, dos informes forenses y el dictamen de la Defensoría de Menores, que asumió su representación complementaria.

En su presentación judicial, el adolescente declaró que el apellido paterno representa para él una carga. Lo asoció a una historia de abandono, indiferencia y violencia en los primeros años de su vida. Dijo que nunca se sintió parte de la familia de su padre, que solo su madre y su entorno materno estuvieron presentes.

Relató que durante su infancia debieron intervenir sus abuelos para cuidarlo cuando su madre no estaba, y que el vínculo con el padre siempre fue distante y forzado. Las visitas, que continuaron durante un tiempo, resultaban cada vez más incómodas. Fue él quien, pasados los años, tomó la decisión de no asistir más. Desde entonces, no hubo contacto.

En 2020, la situación alcanzó un punto límite. El padre tenía la responsabilidad de pagar la cuota del colegio, pero dejó de hacerlo y el joven perdió la vacante. Según consta en el expediente, ese hecho fue determinante. A partir de ese momento, su madre y su pareja se hicieron cargo de todos los gastos. No volvieron a reclamarle nada al padre biológico.

El adolescente expresó que ya no deseaba portar ni el apellido ni el nombre vinculados a esa figura. Los peritajes acompañaron la solicitud. El informe psicológico señaló que el adolescente no presenta indicadores de patología, que comprende con claridad el sentido de su pedido y que no se detecta influencia externa. Destacó que la resolución favorable representaría un alivio.

El informe social describió una vida estable junto a su madre, su pareja y una red de cuidado activa. También confirmó la desvinculación total con el padre y su familia desde hace años. El progenitor fue notificado legalmente del proceso, pero no se presentó.

La magistrada evaluó que el joven cuenta con la madurez necesaria para decidir sobre su identidad. Aplicó el principio de autonomía progresiva y sostuvo que, cuando niñas, niños o adolescentes alcanzan el grado de discernimiento suficiente, deben poder ejercer sus derechos personales. El nombre, aunque por regla es inmutable, puede modificarse cuando se acredita que perjudica a quien lo lleva.

El fallo ordenó suprimir el apellido paterno y el segundo nombre, y actualizar todos los registros civiles. Desde ahora, el adolescente llevará el nombre que eligió, el que representa su historia, su voluntad y su pertenencia.

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