La Coordinación Nacional de ATE Parques Nacionales expresó su rechazo a la reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación sobre el artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales. La organización sindical sostuvo que el fallo representa un retroceso en materia de protección territorial y reclamó que la Cámara de Diputados avance con el rechazo del decreto.
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía un régimen de protección sobre la propiedad, posesión y tenencia de tierras rurales, incluyendo límites para la titularidad extranjera. Entre otras restricciones, fijaba un máximo del 15% de las tierras rurales en manos de extranjeros a nivel nacional, provincial y departamental, además de establecer límites por nacionalidad y titular. El artículo 154 del DNU 70/2023 dispuso su derogación.
En su comunicado, ATE Parques Nacionales calificó la decisión judicial como “un ataque a la soberanía territorial y nacional” y sostuvo que la derogación de la normativa “implica que no existe más límite alguno respecto a la compra y venta de tierras a extranjeros”. La organización también vinculó el escenario con la protección de áreas naturales y sostuvo que el cambio normativo puede alcanzar a propiedades privadas preexistentes dentro de parques nacionales y áreas protegidas como Nahuel Huapi y Lanín.
El planteo sindical también cuestionó el impacto que podría tener la modificación sobre recursos considerados estratégicos. “Esta decisión pone en riesgo a la Patria entera; a nuestra soberanía nacional, nuestros recursos y bienes comunes”, señaló ATE Parques Nacionales, al enumerar entre sus preocupaciones los cuerpos de agua, nacientes de ríos, bosques y territorios vinculados con la conservación ambiental y la defensa nacional. Estas expresiones forman parte de la posición política de la organización frente al nuevo escenario jurídico.

La Corte Suprema, sin embargo, aclaró que su sentencia no resolvió la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023. El máximo tribunal rechazó la demanda promovida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) al considerar que la entidad no tenía legitimación suficiente para iniciar la acción y que no se configuraba un caso judicial concreto. De esta manera, revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras.
En ese marco, ATE Parques Nacionales vinculó la situación con otras políticas ambientales y científicas impulsadas durante los últimos años y cuestionó lo que considera un proceso de reducción de capacidades estatales. El sindicato mencionó específicamente a organismos como Parques Nacionales, CNEA, INTI, INTA y CONICET, y sostuvo que la extranjerización de tierras y el aprovechamiento de los recursos naturales deben ser discutidos dentro de un debate más amplio sobre soberanía y políticas públicas.

La organización sindical también recordó que el Senado de la Nación rechazó el DNU 70/2023 en marzo de 2024. Ese rechazo, sin embargo, no produjo por sí solo la derogación del decreto, ya que el régimen de la Ley 26.122 establece que para que un DNU quede sin efecto debe existir el rechazo de ambas cámaras del Congreso. La Cámara de Diputados todavía tiene pendiente definir su posición sobre el decreto en su conjunto.
Por este motivo, ATE Parques Nacionales convocó a trabajadores, trabajadoras y vecinos de las áreas protegidas a participar de las movilizaciones que puedan desarrollarse en distintos puntos del país y reclamó a los diputados nacionales que impulsen el rechazo del DNU. “Parques Nacionales es soberanía y conservación de nuestros bienes comunes”, afirmó la organización, que cerró su pronunciamiento con el pedido de “derogación urgente del DNU 70/23” y la defensa de la Ley de Tierras.