La legisladora provincial Magdalena Odarda, junto con organizaciones sociales y ambientales, comunidades indígenas y vecinos de Río Negro, presentó un recurso de aclaratoria ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para solicitar que continúe el trámite del amparo iniciado en Bariloche contra el artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras Rurales N.º 26.737. La presentación se realizó después de que el máximo tribunal rechazara una demanda promovida por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM).
El fallo de la Corte rechazó la acción del CECIM por considerar que la organización no tenía legitimación suficiente para promover ese reclamo colectivo. Según surge de la resolución y de la información publicada sobre el caso, el tribunal no analizó la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023. Por ese motivo, desde Río Negro sostienen que su propia presentación judicial debe continuar por contar con fundamentos y actores diferentes.
El planteo rionegrino tiene como antecedente un amparo presentado a comienzos de 2024 ante el Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche por la Asociación Civil Árbol de Pie, integrantes de las comunidades indígenas Lof Futa Anekon y Lafkenche, representantes gremiales y vecinos de distintas localidades. La presentación contó con el patrocinio de los abogados Martín Palumbo y Ernesto Montecino Odarda, según antecedentes difundidos por la Legislatura provincial.
La causa iniciada en Bariloche fue remitida por el juez federal Gustavo Villanueva para vincularla con el expediente iniciado por el CECIM. Ahora, los amparistas rionegrinos plantean que esa vinculación no debería impedir que se analicen sus argumentos específicos, que —según sostienen— no se limitan a la cuestión de la soberanía territorial, sino que también incluyen aspectos ambientales, hídricos y relacionados con los derechos de los pueblos indígenas.
El pedido presentado ante la Corte Suprema
A través del recurso de aclaratoria, los representantes del planteo solicitaron que la causa “Árbol de Pie y otros c/ amparo s/ Ley 16.986” sea devuelta al Juzgado Federal de San Carlos de Bariloche para continuar su tramitación. El pedido se fundamenta en que el fallo dictado sobre la presentación del CECIM se concentró en la legitimación de esa organización y no resolvió, según los amparistas, los fundamentos particulares de la acción promovida desde Río Negro.
“El amparo que presentamos desde Río Negro también busca proteger el ambiente, el agua y los derechos de los pueblos indígenas”, sostuvo Odarda. La legisladora agregó que se trata de una región que considera estratégica por la presencia de recursos naturales y planteó la necesidad de preservar esos bienes frente a eventuales operaciones de adquisición de tierras por parte de capitales extranjeros.
La Ley 26.737, sancionada en 2011, establecía límites a la titularidad de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras. El artículo 154 del DNU 70/2023 dispuso su derogación. En septiembre de 2026, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional esa disposición, pero lo hizo a partir de cuestiones vinculadas con la legitimación del CECIM y la existencia de un caso judicial concreto, sin resolver en esa causa la validez constitucional del artículo 154.
Desde Río Negro también se puso el foco en la legitimación de los actores que participaron del amparo. Odarda destacó la trayectoria de la Asociación Civil Árbol de Pie en materia de defensa ambiental y señaló que las comunidades indígenas que integran la presentación cuentan con derechos reconocidos por la legislación argentina y por instrumentos internacionales incorporados al ordenamiento jurídico nacional.
La disputa judicial continúa abierta
“Vamos a seguir impulsando todas las herramientas jurídicas necesarias para defender la vigencia de la Ley de Tierras”, afirmó Odarda. La legisladora sostuvo que el objetivo es que la Justicia analice el planteo de inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 y determine el alcance que corresponde darle a la presentación iniciada en territorio rionegrino.
El pedido también busca que se precise si la decisión adoptada en el expediente del CECIM tiene algún efecto sobre la causa iniciada en Bariloche. Los amparistas sostienen que sus títulos de legitimación son diferentes y que sus argumentos incorporan derechos colectivos vinculados con el ambiente, el agua y los pueblos indígenas. La respuesta de la Corte determinará si el expediente vuelve al ámbito del Juzgado Federal de Bariloche o si adopta otro curso procesal.
La presentación de Río Negro se produce en un contexto en el que la derogación de la Ley de Tierras volvió a ocupar el centro del debate político y judicial nacional. Tras el fallo de la Corte sobre el CECIM, sectores de la oposición y organizaciones sociales plantearon distintos cuestionamientos, mientras que el máximo tribunal dejó establecido que su decisión se refería a la legitimación de la entidad demandante y no a una definición de fondo sobre la constitucionalidad de la derogación.
Odarda anticipó que continuará reclamando la declaración de inconstitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 y cerró su planteo con una definición política sobre el debate territorial: “La soberanía no se entrega y el agua se defiende para nosotros y para las próximas generaciones de argentinos y argentinas”. El próximo paso quedará ahora sujeto a la respuesta de la Corte Suprema respecto del recurso presentado por los amparistas de Río Negro.