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Río Negro

Rechazan cambiar el domicilio de un imputado por homicidio en El Bolsón

La Justicia rechazó el pedido de la defensa de un hombre imputado por el homicidio de Julián Daniel Salvo, ocurrido en El Bolsón, para modificar el domicilio donde cumple prisión preventiva domiciliaria. La audiencia se realizó de manera remota y durante el planteo intervinieron la defensa, el fiscal Francisco Arrien y la querella, quienes expusieron sus respectivas posiciones respecto de la solicitud. Finalmente, el juez de Juicio Juan Martín Arroyo resolvió mantener las condiciones vigentes de la medida cautelar.

La defensa propuso un cambio de domicilio

Durante la audiencia, la defensa planteó que el imputado pudiera trasladarse a la vivienda de su madre, manteniendo el monitoreo electrónico y las prohibiciones de contacto que actualmente pesan sobre él. Según argumentó, el cambio le permitiría colaborar con el cuidado de su hijo y realizar actividades laborales para generar algún ingreso económico. Además, sostuvo que hasta el momento el acusado no había registrado incumplimientos de las medidas impuestas ni intentos de entorpecer el avance de la investigación.

La Fiscalía y la querella se opusieron al pedido y consideraron que no se habían acreditado circunstancias nuevas que justificaran modificar la decisión adoptada previamente. Entre sus argumentos, remarcaron especialmente que el domicilio propuesto se encuentra próximo al lugar donde ocurrió el hecho y a personas que todavía deben prestar declaración durante el juicio. En ese sentido, señalaron que la cercanía podía constituir un factor relevante para evaluar la continuidad de las condiciones de la prisión preventiva.

La resolución judicial

La causa se inició a partir del homicidio de Julián Daniel Salvo, ocurrido durante la madrugada del 29 de septiembre de 2025 en El Bolsón. De acuerdo con la acusación presentada en el expediente, la víctima sufrió heridas provocadas con un arma blanca que le ocasionaron la muerte. El proceso judicial continúa bajo las medidas cautelares ya establecidas, mientras se desarrollan las distintas instancias previstas para el avance de la causa.

Al resolver el planteo, el juez Juan Martín Arroyo consideró que no se habían demostrado motivos suficientes para modificar las condiciones de la prisión preventiva domiciliaria. El magistrado valoró especialmente la cercanía del domicilio propuesto con testigos que todavía deben declarar durante el juicio y entendió que ese elemento debía ser tenido en cuenta al analizar el pedido. En consecuencia, rechazó la solicitud de la defensa y dispuso mantener vigente la prisión preventiva domiciliaria en las condiciones establecidas previamente.