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Bariloche

Reformularon los cargos contra el acusado por la muerte de Horacio Chávez en Villa Llanquín

La Fiscalía reformuló los cargos contra el hombre acusado de provocar la muerte de Horacio Aníbal Chávez, ocurrida el 6 de enero de 2026 en Villa Llanquín. El juez de Garantías Víctor Gangarrossa admitió la nueva descripción del hecho, dispuso el sobreseimiento parcial por un segundo episodio que había sido calificado como resistencia a la autoridad y prorrogó la prisión preventiva hasta la audiencia de control de acusación.

Durante la audiencia, el fiscal del caso, Gerardo Miranda, describió que entre las 17 y las 18.20 de aquel día el imputado habría abordado una camioneta que se encontraba estacionada dentro del predio de la víctima. Según la acusación, luego de realizar una maniobra marcha atrás, habría avanzado de manera súbita e intencional contra Chávez, quien se encontraba de pie frente al vehículo.

De acuerdo con la nueva formulación presentada por la Fiscalía, luego del primer impacto la víctima cayó debajo de la camioneta y fue arrastrada durante un corto tramo. El conductor habría pasado con el rodado sobre su cuerpo, realizado nuevamente una maniobra marcha atrás y vuelto a atropellarlo antes de retirarse del lugar, según la hipótesis que deberá ser debatida durante el proceso judicial.

Como consecuencia del hecho, Chávez sufrió un aplastamiento torácico con compromiso de órganos internos que provocó su fallecimiento. La Fiscalía encuadró provisoriamente la conducta como homicidio simple y atribuyó al acusado responsabilidad en carácter de autor. Miranda señaló que uno de los principales aspectos que deberá determinarse durante un eventual juicio será si la conducta atribuida al imputado fue intencional.

Para fundamentar la reformulación de los cargos, el fiscal hizo referencia a distintas evidencias incorporadas a la investigación. Entre ellas mencionó actas de procedimiento, declaraciones testimoniales, registros policiales, el informe de autopsia, la inspección del vehículo y pericias accidentológica, psiquiátrica y de reconstrucción de la secuencia. También indicó que el acusado fue detenido varias horas después del episodio y que el examen de alcoholemia realizado en ese contexto dio resultado positivo.

En relación con un segundo episodio que había sido incorporado a la investigación como resistencia a la autoridad, Miranda explicó que la Fiscalía decidió retirar esa acusación. Según indicó, las declaraciones de los agentes que participaron del procedimiento señalaron que el hombre se entregó de manera pacífica, por lo que consideró que no estaban dadas las condiciones para sostener ese cargo y solicitó el sobreseimiento parcial.

La querella, que representa a los hijos menores de edad de Chávez, acompañó la reformulación por homicidio simple y adhirió al pedido de mantener la prisión preventiva. Entre sus argumentos, sostuvo que la conducta posterior que se atribuye al imputado deberá ser analizada durante el juicio. Respecto del segundo episodio, aclaró que no formularía una posición debido a que no se encontraba legitimada para intervenir en esa cuestión.

La defensa, en tanto, sostuvo una teoría diferente a la planteada por la Fiscalía y señaló que su posición se basa principalmente en el relato de quien identificó como la única testigo presencial. Según expuso, habría existido un conflicto previo entre las personas involucradas y negó que el imputado hubiera desarrollado un plan destinado a ocultar pruebas. La defensa no se opuso al sobreseimiento parcial y planteó que la necesidad de mantener la prisión preventiva deberá ser revisada en la próxima instancia.

Finalmente, el juez de Garantías Víctor Gangarrossa consideró que la Fiscalía había precisado de manera adecuada las circunstancias de tiempo, modo y lugar incluidas en la nueva descripción del hecho y resolvió admitir la reformulación de los cargos. También consideró fundado el retiro de la acusación por resistencia a la autoridad y dispuso el sobreseimiento parcial del imputado por ese episodio.

La prisión preventiva continuará vigente hasta la audiencia de control de acusación, instancia en la que deberá volver a analizarse la situación cautelar del acusado. Mientras tanto, la investigación continuará bajo la calificación provisoria de homicidio simple, con las partes sosteniendo hipótesis diferentes respecto de la secuencia ocurrida el 6 de enero y de la intencionalidad que habría tenido la conducta atribuida al imputado.