Un hombre fue condenado a un año y un mes de prisión efectiva por lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por haber sido cometidas en un contexto de violencia de género, en concurso real con amenazas. La víctima fue quien entonces era su pareja y el hecho ocurrió durante la madrugada del 26 de enero de 2026 en Bariloche. La sentencia fue dictada por el juez de Juicio Juan Martín Arroyo, luego de que el acusado reconociera su responsabilidad y aceptara la pena acordada por las partes.
De acuerdo con la acusación fiscal, el episodio se produjo después de una discusión entre la pareja. Según se estableció en el proceso, el hombre agredió físicamente a la mujer y, cuando ella se dirigió a buscar sus pertenencias con la intención de abandonar la vivienda, la amenazó. Finalmente, la víctima logró salir del domicilio. Los exámenes médicos realizados posteriormente permitieron constatar que había sufrido lesiones de carácter leve como consecuencia de la agresión.
La acusación y las pruebas incorporadas
La Fiscalía sostuvo que los hechos se produjeron en el marco de una relación de pareja que se había extendido durante aproximadamente un año y que, según la acusación, estaba atravesada por situaciones de violencia psicológica de carácter crónico y sistemático. La investigación estuvo a cargo del fiscal Marcos Sosa Lukman y la fiscal adjunta Celeste Aparicio, quienes presentaron ante la Justicia distintos elementos para sustentar la acusación.
Entre las evidencias incorporadas al legajo se incluyeron la denuncia realizada por la víctima, certificados médicos y una pericia forense, además de la entrevista de la mujer y un informe elaborado por la Oficina de Atención a la Víctima. También fueron considerados el acta correspondiente al procedimiento policial, testimonios de familiares y registros fotográficos y audiovisuales de las lesiones, entre otros elementos reunidos durante la investigación.
El acusado fue asistido durante el proceso por un defensor particular. Luego de que su representación legal tomara conocimiento de la evidencia incorporada a la causa, manifestó haber comprendido los términos del acuerdo alcanzado. Ante el juez, reconoció su responsabilidad por los hechos atribuidos, aceptó la calificación legal establecida por la Fiscalía y prestó conformidad con la pena de un año y un mes de prisión efectiva.
La sentencia quedó firme
Antes de dictar la condena, el juez de Juicio Juan Martín Arroyo verificó que se encontraran cumplidos los requisitos legales para homologar el acuerdo presentado por las partes. El magistrado tomó en consideración el reconocimiento efectuado por el acusado y los antecedentes registrados para establecer la pena efectiva acordada en el marco del proceso.
Finalmente, Arroyo homologó la propuesta y condenó al hombre a un año y un mes de prisión efectiva por lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por el contexto de violencia de género, en concurso real con amenazas. Las partes renunciaron a los plazos procesales previstos para recurrir la resolución, por lo que la sentencia adquirió firmeza.