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Bariloche

Bariloche: dos perros atacaron a una mujer y la Justicia responsabilizó a su dueña

Una caminata por una calle de Bariloche terminó para una mujer con heridas de gravedad, cuatro intervenciones quirúrgicas y un prolongado proceso de recuperación. La víctima fue atacada por dos perros que salieron de una propiedad ubicada sobre la avenida Tres Lagos y uno de los animales le provocó una profunda lesión en la pierna izquierda. Un fallo del Poder Judicial de Río Negro consideró acreditada la responsabilidad de la propietaria de los animales y estableció una indemnización de $20.818.991.

El hecho ocurrió cuando la mujer caminaba a la altura del kilómetro 15,355 de la avenida Tres Lagos. Según relató en la demanda, dos perros salieron de una propiedad y se abalanzaron sobre ella. Uno de los animales era de mayor tamaño y llevaba un collar verde gastado, mientras que el otro era más bajo y robusto. Este último le tiró del pantalón, le bloqueó el paso y provocó que cayera al suelo.

Una vez en el piso, el perro la mordió en la parte posterior de la pierna izquierda y permaneció prendido durante un lapso que agravó las lesiones. La mordedura afectó la piel, los tejidos y los ligamentos, por lo que la víctima necesitó atención médica inmediata. Una persona que circulaba por el lugar la asistió y posteriormente uno de sus hijos la trasladó hasta la guardia del Sanatorio San Carlos.

La gravedad de la lesión derivó en una primera cirugía realizada pocas horas después del ataque y en posteriores intervenciones destinadas a tratar las consecuencias de la mordedura. Aproximadamente dos meses después del episodio, la mujer fue sometida a un autoinjerto de piel y debió continuar durante varias semanas con curaciones y distintos tratamientos médicos.

El impacto del ataque también se extendió al plano psicológico y laboral. De acuerdo con lo acreditado durante el proceso, la víctima recibió asistencia por estrés postraumático y durante aproximadamente dos meses y medio no pudo desarrollar con normalidad su actividad profesional. El expediente judicial contempló esas consecuencias al momento de evaluar los daños derivados del episodio.

Luego del ataque intervinieron la Fiscalía y el área de Zoonosis de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche. Tiempo después, la mujer inició una demanda por daños y perjuicios contra quien consideraba responsable de la propiedad o guarda de los animales. La demandada rechazó esa atribución y sostuvo que los perros no eran de su propiedad.

En su defensa, la mujer afirmó que no tenía animales y planteó que en el sector existían otros perros negros que podían coincidir con la descripción realizada por la víctima. También señaló que había sido sobreseída en el Tribunal de Faltas municipal, debido a que en esa instancia no había podido determinarse con certeza quién era el propietario de los animales involucrados en el ataque.

La identificación de los perros constituyó uno de los puntos centrales del proceso judicial. No hubo una persona que hubiera observado directamente el momento de la mordedura ni una prueba directa que permitiera individualizar al animal que provocó las lesiones. Sin embargo, el juez analizó distintos testimonios de vecinos y los contrastó con las demás pruebas incorporadas al expediente.

Una de las testigos manifestó que conocía desde hacía aproximadamente cinco años a dos perros negros que permanecían en el sector y que habitualmente salían a la calle desde la propiedad vinculada con la demandada. También describió a uno de ellos como particularmente agresivo y sostuvo que no había otros perros negros sueltos en esa misma cuadra que pudieran generar una confusión sobre su identificación.

Otro vecino declaró haber tenido distintos episodios con dos perros negros que salían de esa vivienda y que, según su relato, lo hacían con una actitud de ataque. Un tercer testimonio aportó otro elemento considerado relevante por el tribunal: los animales podían abandonar el predio incluso cuando el portón permanecía cerrado, debido a espacios existentes a los costados.

A partir de esos testimonios, el juez Civil que intervino en la causa consideró que existía una coincidencia sustancial entre los relatos de los vecinos y el resto de las pruebas reunidas. La sentencia también tuvo en cuenta que la demandada había sostenido que no tenía perros en el momento del hecho, una afirmación que, según el análisis judicial, quedó contradicha por otros elementos incorporados al expediente.

Otro de los elementos valorados fue que dos perros fueron registrados pocos días después del ataque. El tribunal reconoció que esa circunstancia, por sí sola, no permitía determinar que se tratara exactamente de los mismos animales que habían intervenido en la agresión. Sin embargo, la consideró un indicio más dentro del conjunto de pruebas analizado.

El fallo reconoció expresamente la inexistencia de una prueba directa que demostrara que uno de los perros pertenecientes a la demandada había sido el responsable de la mordedura. El juez entendió, sin embargo, que esa ausencia no impedía establecer la responsabilidad civil, porque los diferentes testimonios y elementos reunidos conformaban una serie de indicios “precisos y concordantes”.

Con esa valoración probatoria, el tribunal consideró acreditado que los perros que atacaron a la mujer pertenecían a la demandada. La conclusión permitió avanzar sobre la cuestión central del reclamo: determinar quién debía responder por las graves consecuencias físicas, psicológicas, laborales y personales provocadas por el ataque ocurrido en la avenida Tres Lagos de Bariloche.

La decisión judicial se fundamentó además en el régimen de responsabilidad objetiva previsto por el Código Civil y Comercial para los daños ocasionados por animales. Bajo este sistema, la responsabilidad no depende de acreditar una conducta culposa del propietario o guardián, sino de establecer el daño y su relación con el animal cuya guarda o propiedad corresponde al responsable.

En función de esas consideraciones, el tribunal fijó una reparación total de $20.818.991 para la víctima. Dentro de ese monto, $10 millones fueron establecidos en concepto de daño moral, contemplando el impacto que el ataque, las lesiones, las intervenciones quirúrgicas y el proceso de recuperación tuvieron sobre su vida cotidiana, familiar, social y laboral.

La sentencia corresponde a primera instancia y todavía no se encuentra firme, por lo que puede ser apelada. De esta manera, el fallo judicial estableció la responsabilidad civil de la propietaria de los animales a partir de un conjunto de indicios y testimonios, pese a que durante el proceso no se logró contar con una prueba directa que identificara al perro que produjo las lesiones.