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Bariloche

Bariloche: condena a 5 años y 5 meses de prisión por homicidio culposo agravado

Un hombre fue condenado a cinco años y cinco meses de prisión efectiva y a diez años de inhabilitación para conducir vehículos con motor por el homicidio culposo agravado de Emilio Juárez Villarroel, ocurrido durante la madrugada del 27 de junio de 2026 en Bariloche. La sentencia fue dictada luego de que el acusado reconociera su responsabilidad y las partes arribaran a un acuerdo pleno que posteriormente fue homologado por el tribunal.

De acuerdo con la acusación presentada por el fiscal Marcos Sosa Lukman y la fiscal jefa Betiana Cendón, el condenado circulaba por calle Ruiz Moreno pese a encontrarse judicialmente inhabilitado para conducir. Según el Ministerio Público Fiscal, al encontrarse con la víctima atravesando la calzada no adoptó las medidas de cuidado y prevención necesarias para evitar la colisión.

La acusación sostuvo que el vehículo embistió y posteriormente arrolló a Juárez Villarroel, quien sufrió diversas lesiones y fue trasladado al Hospital Zonal de Bariloche. El hombre falleció horas después como consecuencia de las heridas. Tras el impacto, el conductor se retiró del lugar sin detenerse ni brindar asistencia, según se estableció durante la investigación.

Para la Fiscalía, la conducta fue imprudente y antirreglamentaria por distintos motivos. La calificación legal contempló el incumplimiento de los deberes de cuidado necesarios para evitar el hecho, la conducción pese a una inhabilitación vigente y la fuga posterior al siniestro. Por esos elementos, el caso fue encuadrado como homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, en calidad de autor.

Entre las pruebas incorporadas a la investigación se encontraban las actuaciones policiales y el relevamiento efectuado en el lugar del hecho, certificados médicos, el informe preliminar de autopsia y el certificado de defunción. También fueron considerados testimonios, un informe elaborado por el Gabinete de Criminalística y documentación de Tránsito y Transporte relacionada con la inhabilitación que pesaba sobre el conductor.

Durante la audiencia, el defensor particular explicó que desde que asumió la representación del acusado analizó el legajo y la totalidad del material probatorio incorporado. También señaló que mantuvo distintas reuniones con el Ministerio Público Fiscal y que, a partir de la evidencia reunida y de la calificación legal acordada, las partes avanzaron en una solución consensuada. “Entendemos que, de acuerdo con la cantidad de material probatorio, es una salida que debemos tomar”, expresó al solicitar al tribunal la homologación del acuerdo.

Al ser consultado por los jueces, el acusado manifestó que comprendía los alcances del procedimiento y reconoció su responsabilidad por el hecho. También ratificó su conformidad con la calificación legal, la pena de cinco años y cinco meses de prisión y los diez años de inhabilitación para conducir. Durante la audiencia sostuvo que “nunca tuvo intención de provocar la muerte de la víctima”, reconoció el dolor causado a sus familiares y pidió disculpas.

Luego tomó la palabra un hermano de la víctima, quien se dirigió al condenado y relató el impacto que la muerte de Juárez Villarroel provocó en su entorno familiar. Hizo referencia al dolor atravesado por sus seres queridos y recordó que la víctima dejó tres hijos, además de mencionar las consecuencias que la pérdida tuvo para su madre y sus hermanos.

El tribunal estuvo integrado por Bernardo Campana, quien lo presidió, junto con Romina Martini y Juan Martín Arroyo. Los jueces homologaron el acuerdo pleno y consideraron acreditada una conducta culposa y antirreglamentaria. También señalaron que el reconocimiento de responsabilidad realizado por el acusado se encontraba respaldado por la evidencia reunida durante la investigación y analizada por la defensa.

Entre los elementos valorados por el tribunal se mencionaron el testimonio de una persona que presenció el hecho, los daños constatados en el vehículo, distintos elementos vinculados con el impacto y registros de cámaras de seguridad que permitieron orientar la investigación hacia el automóvil conducido por el acusado. Los jueces consideraron que ese conjunto probatorio resultaba suficiente para sostener una declaración de responsabilidad en caso de que la causa hubiera llegado a un juicio oral.

Al momento de determinar la pena, el tribunal tuvo en cuenta distintas circunstancias agravantes y atenuantes. Entre las primeras mencionó que el condenado se encontraba inhabilitado para conducir y valoró su comportamiento posterior al impacto, mientras que también consideró como elemento favorable el reconocimiento de responsabilidad y las disculpas expresadas durante la audiencia. Finalmente, concluyó que se trataba de “un acuerdo válido” y de una “asunción de responsabilidad fundada en prueba”.

En consecuencia, el tribunal declaró al acusado responsable del delito de homicidio culposo agravado y le impuso cinco años y cinco meses de prisión efectiva y diez años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo con motor. Las partes renunciaron a los plazos de impugnación previstos, por lo que la sentencia quedó firme y será remitida al juzgado de ejecución correspondiente para el cumplimiento de la pena.