Un hombre fue condenado a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de amenazas simples, en concurso ideal con desobediencia judicial, y por un segundo hecho de desobediencia. La sentencia fue dictada por el juez de juicio Juan Martín Arroyo, en el marco de dos legajos tramitados en Bariloche, luego de que el acusado reconociera su responsabilidad y aceptara la pena acordada entre la Fiscalía y la defensa.
Los hechos investigados ocurrieron durante enero de este año y tuvieron como víctima a la expareja del condenado. Según la acusación, el hombre se presentó en el domicilio de la mujer pese a que se encontraba vigente una medida judicial que le prohibía acercarse y mantener contacto con ella. En una de esas ocasiones, además, la amenazó y, horas después, regresó nuevamente al lugar, incumpliendo por segunda vez la restricción impuesta por la Justicia.
Durante la audiencia, el fiscal Marcos Sosa Lukman, acompañado por la fiscal adjunta Celeste Aparicio, expuso ante el juez los hechos atribuidos al acusado y la evidencia incorporada en ambos legajos. Entre los elementos considerados se incluyeron actuaciones realizadas por la Policía, la denuncia formulada por la víctima, la resolución judicial mediante la cual se establecieron las medidas de protección, la constancia de notificación al imputado y un informe elaborado por la Oficina de Atención a la Víctima.
La Fiscalía y la defensa presentaron ante el juez el acuerdo alcanzado para resolver el proceso, mediante el cual el acusado reconoció su responsabilidad en los hechos y prestó conformidad con la pena propuesta. El defensor público penal Marcos Miguel sostuvo que la alternativa acordada resultaba adecuada para su asistido. Durante la audiencia, el hombre manifestó que comprendía los alcances del acuerdo y expresó su conformidad con lo establecido por las partes.
Tras analizar lo presentado, el juez de juicio Juan Martín Arroyo homologó el acuerdo y dictó la condena a seis meses de prisión efectiva. Como parte de la resolución, dispuso que el condenado quedara a disposición del Servicio Penitenciario y estableció que, hasta tanto exista disponibilidad en un establecimiento penitenciario, pueda comenzar a cumplir la pena en la Comisaría 28 de Bariloche.
Finalmente, las partes renunciaron a los plazos procesales previstos para recurrir la resolución, por lo que se estableció que la pena comenzara a cumplirse una vez finalizada la audiencia. La sentencia quedó así vinculada a los dos legajos judiciales en los que se investigaron los incumplimientos de la medida de protección y las amenazas denunciadas durante enero en Bariloche.