Un tribunal de juicio absolvió por unanimidad a Ismael Nicolás Choque Vargas por la muerte de Gastón Marcelo Latiff, ocurrida el 10 de febrero de 2025 en la despensa Quimey Ruca de Bariloche. Los jueces Sergio Pichetto, Martín Arroyo y Bernardo Campana consideraron que el acusado actuó en legítima defensa y dispusieron su inmediata libertad. La resolución no se encuentra firme y puede ser impugnada.
La materialidad y la autoría del hecho no fueron discutidas durante el juicio. La Fiscalía y la querella habían solicitado que Choque Vargas fuera declarado responsable por el delito de homicidio simple, mientras que la Defensa Pública Penal había pedido su absolución. El tribunal concentró el análisis en la calificación jurídica de los hechos acreditados y, especialmente, en determinar si se cumplían los requisitos previstos para la legítima defensa.
Según el veredicto, Latiff y su pareja ingresaron violentamente al comercio luego de perseguir a cuatro hombres con quienes mantenían un conflicto. Dentro del local se registraron una patada contra la puerta, roturas y gritos, mientras Latiff forcejeó con el propietario. Choque Vargas, que se encontraba allí junto a su pareja, intervino inicialmente con el objetivo de separarlos, una conducta que los magistrados consideraron amparada por la legítima defensa de un tercero.
La situación cambió cuando, de acuerdo con la reconstrucción judicial, Latiff y su acompañante dirigieron la agresión contra Choque Vargas. El tribunal calificó ese episodio como “una agresión física real, actual y objetiva” y entendió que existió una agresión ilegítima sin que se acreditara una provocación suficiente por parte del acusado. A partir de esa conclusión, los jueces analizaron si el ataque había cesado cuando se produjo la lesión mortal y si la utilización del cuchillo podía considerarse racionalmente necesaria.
Uno de los puntos centrales del debate fue la posición de Latiff al momento de recibir la herida mortal en el cuello. La acusación había planteado que se encontraba “en retirada” hacia la puerta del comercio cuando fue lesionado. Sin embargo, el tribunal rechazó esa interpretación a partir de la prueba incorporada al juicio. “Ningún elemento acredita que Latiff estuviera en retirada”, sostuvo el veredicto, al considerar que no se pudo demostrar que la agresión hubiera finalizado antes de la lesión.
Los magistrados valoraron para esa conclusión los testimonios recogidos durante el proceso, la evidencia criminalística y las conclusiones de la autopsia. Según establecieron, Latiff fue herido y cayó dentro del comercio, mientras que posteriormente su cuerpo fue trasladado hacia la salida. También fueron consideradas las lesiones que presentaba en manos y dedos, que el tribunal vinculó con una participación activa en el enfrentamiento ocurrido dentro del local.
La determinación de si existió un exceso en la legítima defensa resultó clave para el tribunal. Los jueces señalaron que una respuesta defensiva podría dejar de estar justificada si continuaba una vez finalizada la agresión, pero entendieron que en este caso no se probó que ese cese hubiera ocurrido antes de la lesión mortal. Por ese motivo, descartaron que la conducta de Choque Vargas pudiera ser encuadrada como un exceso en la defensa.
También fue analizada la cantidad de lesiones sufridas por Latiff. “El número de lesiones no mide, por sí, el exceso”, sostuvo el tribunal, que consideró necesario establecer si la agresión continuaba al momento de producirse cada una de ellas. La herida en el cuello fue identificada como la última de la secuencia y los jueces remarcaron que ningún testigo declaró que Choque Vargas hubiera continuado hiriendo a Latiff después de que este se tomó el cuello y cayó.
Para determinar la necesidad racional del medio utilizado, el tribunal tuvo en cuenta distintos factores del episodio, entre ellos la violencia del enfrentamiento, la diferencia de contextura física, la falta de una salida segura y el intento de Latiff de apoderarse del cuchillo. Según los magistrados, la disputa por el arma incrementó el peligro para Choque Vargas y no quedó acreditada la existencia de una alternativa menos lesiva que estuviera disponible en ese momento y que tuviera la misma eficacia para detener la agresión.
“No puede juzgarse la conducta del agredido en la comodidad del después, sino en la urgencia del instante en que debió decidir”, expresó el tribunal. En esa línea, los jueces señalaron que no podía exigirse al acusado una “conducta heroica” ni que esperara sufrir una lesión grave antes de adoptar una medida defensiva. También valoraron lo ocurrido después del enfrentamiento: Choque Vargas dejó el cuchillo, presionó la herida de Latiff con un paño e intentó asistirlo mediante maniobras de reanimación.
Al finalizar la lectura del veredicto, los jueces dirigieron unas palabras a la familia de Latiff y aclararon que la absolución no implicaba formular un juicio sobre la víctima como persona ni desconocer el dolor provocado por su muerte. El tribunal concluyó que se encontraban reunidos los requisitos de la legítima defensa: una agresión ilegítima, ausencia de provocación suficiente y necesidad racional del medio empleado.
Con esos fundamentos, el tribunal de juicio resolvió absolver por unanimidad a Ismael Nicolás Choque Vargas por la muerte de Gastón Marcelo Latiff y ordenó su inmediata libertad. La decisión se produjo luego de descartar la hipótesis acusatoria de homicidio simple y considerar que la conducta del acusado quedó amparada por la legítima defensa. El fallo, sin embargo, todavía no está firme y podrá ser impugnado por las partes conforme a las vías procesales correspondientes.